DERECHO TRIBUTARIO
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

Tanto si es usted un empresario, como un profesional, o un trabajador por cuenta ajena, posiblemente hace cada año su declaración sobre la renta. Cada año, por lo tanto, tiene usted la posibilidad de aprovechar determinadas ventajas fiscales, o corre el riesgo de perderlas definitivamente, simplemente por falta de información adecuada.
Asesoramos a nuestros clientes poniéndoles al tanto de las últimas novedades legislativas en materia fiscal, y les damos la tranquilidad de que lo que hacen, está bien hecho. De que no tendrán sorpresas inesperadas a futuro.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES

En la Costa del Sol tenemos miles de visitantes europeos, que después de conocer el lugar, deciden adquirir aquí una vivienda. La compra de una vivienda suele ser una decisión familiar que se hace con ilusión y con el corazón. Pero conlleva obligaciones fiscales permanentes, que varían si la vivienda se utiliza únicamente con carácter vacacional por parte de los propietarios, o si los propietarios deciden alquilarla a terceros.
Gestionamos para nuestros clientes todo lo relativo a la tramitación y pago del impuesto sobre la renta de los no residentes, que es una obligación inherente a esa compra de vivienda.
IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES

Si hay un impuesto complejo y peligroso en España, ese es el de sucesiones y donaciones.
Es complejo, porque ha sido transferida su gestión a las Comunidades Autónomas. Y cada Comunidad Autónoma ha desarrollado su propia normativa. De modo que el hecho de que el fallecido o el donante residan en una Comunidad Autónoma, y sus herederos o donatarios residan en otra, plantea cuestiones. Si los bienes que se van a heredar están además en otra, la complejidad aumenta.
Todo lo anterior se agrava por el hecho de que en España históricamente la fiscalidad sobre las herencias y las donaciones ha sido muy dura. Morirse en España es caro. Regalar en España, mas aún. Si entre el fallecido o el donante y quien le hereda no hay un vínculo familiar muy próximo, más caro todavía. Si quien nos hereda o a quien le donamos tiene mucho patrimonio, nuevo encarecimiento…
En este contexto, el asesoramiento adecuado se revela crucial. Un buen asesoramiento puede ahorrarnos una fortuna. Un mal asesoramiento puede costarnos una fortuna.
En la Costa del Sol, además muchos de quienes residen, son ciudadanos extranjeros. A los que el derecho sucesorio que se les aplica es totalmente distinto. Normalmente, el de su país. Pero el derecho fiscal que se aplica a esa sucesión cuando tiene lugar, o donación en su caso, es el español. Afectado a su vez por tratados internacionales…
En definitiva, un impuesto muy complejo que requiere asesoramiento legal siempre.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Si hay un impuesto complejo y peligroso en España, ese es el de sucesiones y donaciones.
Es complejo, porque ha sido transferida su gestión a las Comunidades Autónomas. Y cada Comunidad Autónoma ha desarrollado su propia normativa. De modo que el hecho de que el fallecido o el donante residan en una Comunidad Autónoma, y sus herederos o donatarios residan en otra, plantea cuestiones. Si los bienes que se van a heredar están además en otra, la complejidad aumenta.
Todo lo anterior se agrava por el hecho de que en España históricamente la fiscalidad sobre las herencias y las donaciones ha sido muy dura. Morirse en España es caro. Regalar en España, mas aún. Si entre el fallecido o el donante y quien le hereda no hay un vínculo familiar muy próximo, más caro todavía. Si quien nos hereda o a quien le donamos tiene mucho patrimonio, nuevo encarecimiento…
En este contexto, el asesoramiento adecuado se revela crucial. Un buen asesoramiento puede ahorrarnos una fortuna. Un mal asesoramiento puede costarnos una fortuna.
En la Costa del Sol, además muchos de quienes residen, son ciudadanos extranjeros. A los que el derecho sucesorio que se les aplica es totalmente distinto. Normalmente, el de su país. Pero el derecho fiscal que se aplica a esa sucesión cuando tiene lugar, o donación en su caso, es el español. Afectado a su vez por tratados internacionales…
En definitiva, un impuesto muy complejo que requiere asesoramiento legal siempre.
IMPUESTO DE SOCIEDADES
De modo análogo a las personas que actúan profesionalmente a título particular, también las sociedades tienen que declarar y pagar sus impuestos. La normativa que regula dichos impuestos es muy dinámica. O, dicho de otro modo, cambia con mucha frecuencia, tratando de adaptarse a los vaivenes del mercado y o a las indicaciones de la Unión Europea. Por ello, quienes ejercen su actividad a través de sociedades precisan de un asesoramiento específico y actualizado que, desde nuestro despacho, podemos proveer de manera eficaz.
Todo lo anterior cobra matices especiales cuando hablamos de mercantiles extranjeras que, o bien desarrollan una actividad empresarial en España, o bien son propietarias de inmuebles. Evidentemente si para una sociedad española el correcto asesoramiento fiscal es importante, para una sociedad extranjera es esencial por las especialidades y singularidades que de dicha circunstancia resultan. Y nosotros, sabremos ayudarle.
RECLAMACION Y DEFENSA DE SANCIONES

A quien nunca le hayan puesto una multa, ¡que tire la primera piedra!
De un modo u otro, alguna vez en nuestra vida vamos a recibir una carta de algún Ayuntamiento, de algún Juzgado, de Hacienda ….. en las que nos van a comunicar que se nos ha impuesto una multa. Porque no hemos declarado bien vuestros impuestos, porque no hemos aparcado bien nuestro coche, porque no hemos informado a Hacienda de algún cambio sobre nuestras propiedades…
Para la mayor parte de los ciudadanos, con la carta llega también una doble sensación: Impotencia y frustración.
En la mayor parte de las ocasiones una visita a su abogado le devolverá la tranquilidad.
Nosotros nos aseguraremos de devolverle la serenidad, y afrontar la sanción de la manera adecuada: pagando pronto para poder conseguir una buena bonificación, si consideramos que la sanción es correcta, o recurriendo contra la sanción, si entendemos que vulnera derechos ciudadanos.
